domingo, 27 de noviembre de 2011

LA ADMINISTRACIÓN BAJO LOS BORBONES





Las instituciones político-administrativas experimentaron cambios en todos los niveles, gracias al Despotismo Ilustrado. Estos cambios son la centralización y unificación político-administrativa sobre la base del Derecho y las instituciones castellanas. Además se modificó el sistema hereditario de la época, por la Ley Sálica, que impedía que una mujer fuera  sucesora del trono y exigía que el futuro rey hubiera nacido en España. En cuanto al poder legislativo, se abolieron las cortes de los reinos de la Corona de Aragón, que se produce a raíz de los Decretos de Nueva Planta, y la incorporación de sus miembros a las Cortes de Castilla. A pesar de ello, las Cortes no fueron convocadas, pero cuando Carlos III en 1760 las reunió obtuvo un gran interés. Querían abolir la ley sálica, pero a pesar de obtener la aprobación, no se llegó a publicar, por lo que se mantenía esa ley. El poder del rey se hace más efectivo y se tiene un mayor control en materias eclesiásticas. Por último, los borbones sustituyen el régimen de consejos por otro de ministerios, como en Francia.

El Rey creó Los Decretos de Nueva Planta (1707-1718) que abolieron los fueros aragoneses y valencianos, y más tarde los catalanes. Se prohibió el uso del catalán en los tribunales, y los virreyes se suprimieron, quedando al mando un Capitán General que presidiría la Audiencia. En cuanto a Navarra y las Vascongadas mantuvieron sus fueros e instituciones, al haberse mantenido fieles durante la guerra de sucesión. Como consecuencia de esta guerra, se hicieron reformas también en la administración central, como en los consejos, que aumento sus presidentes y se reformó su estructura. Al final, el peso de la gestión político-administrativa recae en la Secretaria de Despacho Universal, que acaban reuniéndose en 1781 en una Junta Suprema de Estado, que es considerada como el primer Consejo de Ministros español.
La Secretaria del Despacho Universal inicia su especialización el 11 de julio de 1705, dividiéndose en dos: una para los asuntos de guerra y hacienda, y otra encargándose sobre todo de los negocios eclesiásticos y de justicia.

Estas reformas apenas tuvieron vigencia, ya que con el segundo matrimonio de Felipe V y el ascenso de Julio Alberoni, se abre un nuevo periodo restableciendo a ministros denostados y se lleva a cabo una especie de Contrarreforma.

Cuando cae Alberoni su posición la ocupa el Secretario de Estado Guiraldo. Felipe V abdica en 1724 en Luis I, pero tiene una muerte repentina, lo que se aconseja a Felipe V volver al trono. El reinado de Fernando VI se caracteriza por el reformismo llevado a cabo por tres equipos de ministros.
En el reinado de Carlos III se alcanza el apogeo de las reformas promovidas por la Casa de Borbón en España y se distinguen dos fases caracterizadas, una por la influencia de los ministros extranjeros y otra por los ministros españoles.

Las reformas llevadas a cabo en el bienio 1754-1755 llegan hasta 1787. Ahora se atiende al problema de la secretaria de indias Aranda pasó a la secretaria de estado tras la caída de Floridablanca y el mismo día se decreta la supresión de la junta suprema de estado creada por este. La labor desarrollada por Aranda es interrumpida a pesar de las reformas emprendidas y es sustituido por Manuel Godoy.

En la corona de castilla se extienden los corregimientos, pasando de estos a la implantación de provincias, y en la corona de Aragón se pasa de la tradicional división de los distritos y veguerías a los corregimientos.

Los antiguos virreinatos, con los decretos de nueva planta se convierten en provincias poniendo al frente de ellas un comandante general.
Los corregidores:
Se gobierna y administra mediante ellos. El reino de Aragón se organizó en trece corregimientos el de valencia en diez, el de Cataluña en doce y Mallorca en uno solo. En la corona de castilla se ordenó agrupar los corregimientos en diez partidos.
Los intendentes:
Fue una de las reformas más importantes de los borbones, las primeras experiencias de estos oficiales tienen lugar en los reinos de valencia y Aragón por la necesidad de la guerra y de un nuevo oficial administrativo responsable y nombrado por el gobierno. El intendente pasa a ser el eje sobre el que gira el gobierno provincial dependiendo directamente de la administración central. La monarquía española quedaría organizada en 27 intendencias divididas en 8 de ejército y 18 de provincias.



En la política local, desde los concejos cerrados, participa muy poco el pueblo, dando a un proceso de oligarquización. Los borbones intentaran imponer un modelo uniforme, el castellano y centralizaran su actividad. En el reino de Valencia, se procedió a la castellanización de su ayuntamiento, suprimiendo el régimen local foral y se nombró a un corregidor. El territorio catalán se dividió en doce corregimientos, nombrando para cada uno de los un corregidor por la Cámara de Castilla, propuesto por la Audiencia que casi siempre recaía sobre militares.

Durante el reinado de Felipe V, en 1751, los municipios tienen que rendir cuentas todos los años al Consejo de Castilla. Con Carlos III se inicia un proceso democratizador de los municipios ante el malestar popular, mediante el auto acordado el 5 de mayo de 1766, que establecía en todos los pueblos un Procurador Sindico Personero y varios diputados del común. El 21 de octubre de 1768 se establecen y regulan los Alcaldes de Barrio, elegidos por los vecinos del barrio anualmente. Su función era hacer cumplir los bandos, ordenanzas y disposiciones generales sobre salubridad, policía y alumbrado.

1 comentario:

  1. La entrada, en líneas generales, está bien. Hay algún error de fechas (los Decretos de Nueva Planta no llegan hasta 1718 o la Junta de Estado, de 1787), pero en líneas generales está bastante bien.
    Los antiguos virreinatos no dieron lugar a las provincias, sino que los virreyes fueron sustituidos por capitanes generales.

    Atentamente,
    David Alonso

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